Sus clientes tienen derecho a representacion ante el IRS
El IRS recuerda que los contribuyentes pueden elegir un representante autorizado y pedir ayuda a una clinica LITC si no pueden pagar uno.
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- Fuente: IRS: Taxpayers have the right to retain representation
El IRS publicó el Consejo Tributario 2026-68, con fecha 9 de septiembre de 2026, para recordar a los contribuyentes un derecho que forma parte de la Carta de Derechos del Contribuyente: pueden elegir a alguien que actúe en su nombre al tratar con el IRS. Para los preparadores de impuestos y los dueños de pequeños negocios, es un punto útil para revisar con clientes que tienen una entrevista con el IRS próximamente, una notificación que les pide reunirse con el IRS o una duda sobre su Anexo C (Schedule C).
Qué cubre este derecho
Todos los contribuyentes pueden contratar a un representante autorizado de su elección para que actúe en su nombre. El IRS explica que el contribuyente puede elegir a alguien que lo represente en una entrevista. Puede ser un abogado, un contador público certificado o un agente inscrito.
El IRS también explica los siguientes puntos:
- Cualquier abogado, CPA, agente inscrito, actuario inscrito u otra persona autorizada para representar a un contribuyente ante el IRS puede presentar un poder notarial por escrito, siempre que no esté inhabilitada ni suspendida para ejercer ante el IRS.
- El contribuyente que contrató a un representante no tiene que asistir a la entrevista junto con él, a menos que el IRS lo cite formalmente a comparecer.
- En la mayoría de las situaciones, el IRS debe suspender una entrevista si el contribuyente pide consultar con su representante.
Qué significa esto para su práctica
Un cliente que quiera que usted hable por él ante el IRS necesita darle un poder notarial por escrito. Antes de aceptar, confirme que usted es abogado, CPA, agente inscrito, actuario inscrito u otra persona autorizada para representar a contribuyentes ante el IRS, y que no está inhabilitado ni suspendido para ejercer ante el IRS.
También conviene explicar la diferencia entre tener un representante y asistir en persona. Su cliente no tiene que venir con usted a la entrevista, salvo que el IRS lo cite formalmente. Si su cliente quiere apartarse y consultarle durante la entrevista, en la mayoría de los casos el IRS debe pausarla para que eso ocurra.
Si su cliente no puede pagar una representación
Los contribuyentes que no pueden pagar una representación tienen derecho a pedir ayuda a una Clínica para Contribuyentes de Bajos Ingresos, conocida como LITC. El IRS indica que las LITC son independientes del IRS y del Servicio de Defensoría del Contribuyente. Estas clínicas representan a personas cuyos ingresos están por debajo de cierto nivel y que necesitan resolver problemas tributarios con el IRS. El aviso del IRS no indica ese nivel de ingresos, así que el cliente debe preguntar directamente a la clínica si califica.
Según el IRS, las LITC pueden ayudar de varias maneras:
- Pueden representar a los contribuyentes en auditorías, apelaciones y disputas de cobro de impuestos ante el IRS, y en los tribunales.
- Pueden informar sobre los derechos y responsabilidades del contribuyente en distintos idiomas, para personas que hablan inglés como segundo idioma.
- Los servicios se ofrecen gratis o por una tarifa pequeña.
Para encontrar una clínica cerca de ellos, los clientes pueden visitar la página de Clínicas para Contribuyentes de Bajos Ingresos en IRS.gov o llamar al IRS, sin costo, al 800-829-3676.
Puntos clave para compartir con sus clientes
- Pueden elegir a su propio representante autorizado, como un abogado, un CPA o un agente inscrito.
- No tienen que asistir a la entrevista junto con su representante, a menos que el IRS los cite formalmente.
- Pueden pedir consultar a su representante durante una entrevista, y en la mayoría de las situaciones el IRS debe suspender la entrevista.
- Si el costo es una preocupación, una Clínica para Contribuyentes de Bajos Ingresos puede ayudar gratis o por una tarifa pequeña.
Este artículo resume el Consejo Tributario 2026-68 del IRS. Para el texto completo, lea el consejo en IRS.gov.
Solo informativo, basado en la fuente del IRS enlazada arriba; no es asesoría fiscal ni legal para un caso específico.